Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y el contenido de la Sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 9 Diciembre de 2016, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO intentado por la ciudadana CARMEN DEL VALLE MARCANO RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.213.402, asistida por el Abogado en ejercicio OSWALDO PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.348; y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que une a lo.....