Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de apertura del procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se le otorga al ciudadano HOSPEDALES JESUS GABRIEL, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.859.462, de 21 años de edad, 24-01-1990, oficio militar, residenciado en el Barrio Delfín Mendoza, calle Nº 07, casa S/N, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, hijo de Miglenys Hospédales (v) y padre desconocido, teléfono de contacto 0426-990.49.55, conforme a lo establecido en los numerales 3ro, 6to y 8vo del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva a .....