DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL N° 01 DE LA SECCION PENAL DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; por todo lo anteriormente expuesto y por las normas aludidas que este Tribunal considera procedente Decretar Sin Lugar la solicitud de la Fiscalia del Ministerio Publico de enjuiciar al Adolescente en esta Jurisdicción y en consecuencia DECLINAR LA COMPETENCIA A LA JURISDICCIÓN INDÍGENA de conformidad con lo establecido en los artículos 260 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículos 130, 131, 132 y 140 de la Ley Orgánica de Pueblos y comunidades indígenas, en concordancia con lo establecido en el articulo 550 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niñas Niños Y Adolescentes, Articulo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa de lo establecido.....