Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada por el ciudadano DIONNYS XAVIER LIRA SOTILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.700.282, sobre una parcela perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (INTI), la cual tiene una extensión de terreno de TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (360,00 MTS2) y un área de
construcción de NOVENTA METROS CUADRADOS (90,00 Mts2), ubicada en el Barrio de Paloma, parroquia Antonio José de Sucre, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Zaida Gil con 12,00 metros; SUR: Carrera Nro. 01 con 12,00 metros; ESTE: Calle Nro. 03 con 30,00 metros y OESTE: Pedro Vera con 30,00 metros; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el .....