este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 466, literales "C", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, garantizando así el interés superior de la niña de autos, de conformidad con el artículo 08 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; decreta: Medida Provisional de Custodia, a favor del ciudadano CARLOS HERNAN CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.139.128; en beneficio de su hija niña (se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de 01 año de edad. Así, se decide.