este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de COLOCACION FAMILIAR, intentada por los Ciudadanos ARELIS DEL VALLE MORA DE GARCIA y JUAN CARLOS GARCIA BECERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números: V- 13.263186 y 9.867.977, en contra de la Ciudadana MIRELLA JOSEFINA LIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V- 16.215.857,en beneficio de la niña (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de 11 años de edad. En consecuencia, PRIMERO: Se dicta la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN de COLOCACIÓN FAMILIAR ,de la niña (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), integrada en el hogar de los Ciudadanos AR.....