este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 521 de la ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara DESISTIDO el presente asunto de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185 del Código Civil, y por aplicación en las sentencias de carácter vinculante, N° 693, de fecha 02 de junio de 2014, y 1070, de fecha 09-12-2016, dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; interpuesto por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO GONZÁLEZ FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.125.831; igualmente se le advierte demandante el ciudadano FRANCISCO ANTONIO GONZÁLEZ FIGUEROA, plenamente identificado; que no podrá presentar nuevament.....