En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL ITINERANTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud realizada por la Fiscal del Ministerio Publico, y en consecuencia se Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA signada con el Nº10F06-0281-2009 (nomenclatura del Ministerio Publico), seguida a la ciudadana DEL VALLE LOPEZ, titular de la cedula de identidad 11.730.930, residenciada en Brisas del Triunfo I, calle Salta Eduviges, casa S/N, del Municipio Casacoima, Estado Delta Amacuro teléfono 0286-7194541., por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal venezolano, en perjuicio de la ciudadana AYALA MARTINEZ YULIANA DEL VALLE, titular de la cedula .....