DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la Ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: ACUERDA LA ACUMULACION de los Asuntos distinguidos con los números YJ01-P-2003-125 y YP01-P-2009-00712, en las cuales aparece como imputado el ciudadano JUAN RAMÓN GARCÍA CONTRERAS, venezolano, natural de San Félix Estado Bolívar, de 24 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en Sierra Imataca Calle Principal, casa S/N, Municipio Casacoima de este Estado hijo de ROSA GARCÍA DE CONTRERAS y de JUAN GARICA, con cédula de identidad N° 13.089.025; por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana CAREN FA.....