este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley; acuerda:
PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud incoada por la Ciudadana MARIANNYS ALEXANDRA MARTINEZ RIVAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.185.044, domiciliada calle principal de San Rafael, sector II, casa s/n, parroquia San Rafael, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro.
SEGUNDO: Designar como CURADORA AD-HOC, a la Ciudadana LIZETT MARÍA SOTO BERMÚDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.865.186, domiciliada en La Urbanización Raúl Leoni I, Calle principal, Casa Nº 02, Parroquia San Rafael, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, en favor de la niña (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de 08.....