Con fundamento en los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Partición y Liquidación Amistosa de Bienes de la Comunidad Conyugal solicitada por los ciudadanos: PATIÑO DE ROMERO EGLEE COROMOTO y ROMERO COLON JULIO CESAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº V-7.300.445 y V- 8.957.125, respectivamente; domiciliada la primera en la Residencia Villa Otilia nº 3, Paloma, carreta nacional, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro y el segundo domiciliado en casa sin número, anexo a Toyo Génesis, Paloma, carreta nacional, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio ELVY MAR VELASQUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Soci.....