Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Segundo de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECIDE: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de revisión de medida cautelar solicitada por la defensora pública primera penal, Dra. MARIA BELEN LOPEZ, mediante la cual solicita el examen y revisión de la medida cautelar impuesta a su defendido, ciudadano YONAIKER EDIXON REYES SOTILLO, venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 21-10-1989, de 18 años de edad, hijo de Elena Sotillo (v) y Dennos Reyes (v), Grado de Instrucción: 1° año, titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.139.223, ocupación: Mecánico, Soltero, de domicilio en el sector el Silencio, calle principal, casa 50, Tucupita, Estado Delta Amacuro, a quien se le .....