Por las razones arriba expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se decreta MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos PEDRO LUIS CARREÑO CEDEÑO, de nacionalidad venezolana, natural de Guiria estado Sucre, titular de la cedula de identidad Nro. 13.348.784, de 39 años de edad, con fecha de nacimiento 29-06-71, residenciado en Guiria estado Sucre, urbanización La Frontera, calle Las Delicias casa Numero 04, de profesión u oficio marino (Capitán del barco); 2.- NELSON JOSE REINOZA, de nacionalidad venezolana, natural de Guiria estado Sucre, titular de la cedula de identidad Nro. 12.908.624, de 39 años de edad, con fecha de nacimiento 01-05-71, residenciado en Guiria estado Sucre, calle Papagayo casa Numero 03, de profesi.....