este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 26 de la Constitución de la República de Venezuela, artículos 1, 7, 8, 11, 30, 177 parágrafo segundo, literal E, 450, literales D, G y K, 467, 511, 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, articulo 267 del Código Civil, Declara:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA GESTIÓN Y COBRO DE BENEFICIOS que puedan corresponderle al adolescente (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA), de 15 años de edad, por el fallecimiento de su progenitor, Ciudadano WILMAN JOSÉ GARCÍA VELÁSQUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.184.465, interpuesta por la Ciudadana GRICEL DEL VALLE GUZMÁN, Ve.....