este Tribunal Superior del Trabajo, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara su imposibilidad jurídica de pronunciar fallo alguno en la presente causa, dado que la misma ha sido instruida por ante otra autoridad jurisdiccional. Se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, a los fines de que prosiga con su curso de ley