DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL ITINERANTE PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud realizada por el Fiscal Auxiliar Interino Tercero del Ministerio Publico, y en consecuencia se Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: REINALDO RAFAEL AFANADOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 22.810.131, residenciado en la carretera Nacional, sector el Manteco, casa s/n, Municipio Piar, Estado Bolívar, por la presunta comisión del delito de DEGRADACIÓN DE SUELOS, TOPOGRAFÍA Y PAISAJES, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente, vigente para el momento de los hechos, del ESTADO VENEZOLANO, todo ello de conformidad con el artículo 300 numeral Cuarto del Código Orgánic.....