Por las razones anteriormente señaladas este Tribunal de Control No 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Acuerda la Medida de protección al ciudadano JHONNY RAFAEL BASTIDAS CASTILLO y su grupo familiar, quien es de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 15.789.624, de estado civil soltero, de 24 años de edad, de oficio estudiante, con domicilio en la Avenida el Cementerio, Casa N° 12, Municipio Tucupita de este Estado Delta Amacuro, hijo de los ciudadanos Juan Bastidas y Ana de Bastidas. SEGUNDO: Por cuanto el resguardo y protección a las personas les corresponde a los órganos de seguridad, se acuerda oficiar a la Comandancia General de Policía de Tucupita a los fines de que le brinde la protección necesaria a la víctima anteriormente identificada y su grupo familiar más cercano, organismo éste que deberá materializar las accione.....