DISPOSITIVA, Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: A tenor del primer aparte del artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda LA ENTREGA DEL VEHÍCULO distinguido con las siguientes características: MARCA: CHEVROLET, MODELO: OPTRA, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, AÑO: 2007, COLOR: AZUL, USO: PARTICULAR, PLACA: AB538BF, SERIAL DE CARROCERIA: 9GAJM523117B085081, SERIAL N.I.V: 9GAJM523117B085081, SERIAL DE MOTOR: T18SED211848, que fuera solicitado por el ciudadano LUIS RAMÓN ACOSTA, Venezolano, natural de esta ciudad, de 40 años de edad, nacido el 17-03-1974, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Sector San Rafael, Calle 03, cas.....