Con fuerza en la motivación anterior, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia: PRIMERO: Declara parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada CRISTINA MOYA GÓMEZ, Defensora Pública Segunda (2ª), adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Delta Amacuro, actuando en su condición de defensora del ciudadano ANTONIO RAMÓN LARA MARTÍNEZ, contra la sentencia del Juzgado Primero (1º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Asunto YP01-P-2012-000067, publicada en fecha 21 de mayo de 2012, que condenó al prenombrado ciudadano a cumplir la pena de Veintiocho (28) años de prisión, por la comisión de los delitos de Secuestro, tipificado en el párrafo segundo del artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión; Robo Agravado de Vehículo Automotor, sancio.....