Por lo antes expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Decreta la suspensión condicional de la ejecución de la pena, al penado de autos CARRASQUEL PALACIOS LUIS RAMON, titular de la Cédula de Identidad No. 13.743.372, al reunir las exigencias del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le fija un régimen de prueba de un año, sujeto al cumplimiento de las condiciones que quedaron arriba escritas.
2.- Se ordena la citación personal del penado de autos CARRASQUEL PALACIOS LUIS RAMON, por medio de la oficina de alguacilazgo, para el día 02 de Abril 2009, hora 10:00 a.m., a los fines de imponerlo del contenido de la presente decisión y del deber en que se encuentra de cumplir las mencionadas.....