Por los razonamiento anteriormente señaladas este Tribunal de Control No 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Acuerda la Medida de protección a la ciudadana DAYANA MARIA OLIVARES TABLANTE, venezolana, de 27 años de edad, nacida en fecha 17/11/83, titular de la cedula de identidad N° V.- 16.215.381, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de estado civil soltera, de ocupación docente, hija de los ciudadanos HUMBERTO JOSE OLIVARES BASTARDO y MARIA CANDELARIA TABLANTE BETANCOURT, domiciliada en la calle Libertad casa sin numero de este ciudad, teléfono 0416 5986601. SEGUNDO: Por cuanto el resguardo y protección a las personas les corresponde a los órganos de seguridad, se acuerda oficiar a la Comandancia General de Policía de este Estado, a los fines de que le brinde la protección necesaria a la víctima anteriormente identificada y su grupo familiar más cercano, o.....