Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de primera instancia Municipal y Estadal en función de control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas durante el régimen de pruebas que le fuera establecido al ciudadano MARMOLEJO FLORES DANIEL EDUARDO, venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, fecha de nacimiento 30-06-1989, de 23 años de edad, hijo Dexci Flores (f) y padrastro Asdrúbal Rojas (v), de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Deltaven sector N° 02, Los Almendrones, casa sin número, amarilla de techos rojo con una reja de ciclón, teléfono de contacto 0424-9094795, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de Identidad Nº 2.....