este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se acuerda proseguir la Causa por la Vía del Procedimiento especial de conformidad con el articulo 94 de la Ley Especial, por cuanto faltan diligencias por practicar para determinar el grado de responsabilidad del hoy imputado FERNANDO ANTONIO DIAZ HOSPEDALES, de 38 años de edad, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V 12.653.503, con fecha de nacimiento 24/09/1973, natural de San José de Buja, Maturín Estado Monagas, profesión u oficio Operador de Maquinas Pesadas, estado civil soltero, residenciado en el Triunfo III, sector Bello Monte, calle Bella Vista, casa S/N, teléfono 0287-7513287, Municipio Casacoima, Estado Delta Amacuro. Segundo: Se decreta con lugar la solicitud de la fisc.....