DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se decreta proseguir la presente investigación por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en los artículo 282 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de determinar las responsabilidades a que haya lugar. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de este Estado, una vez vencido el lapso para interponer el respectivo recurso de apelación.
2.- Se decreta MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251, ordinal 2° y 252, ordinales 1° y 2° del Texto Adjetivo Penal, en contra del imputado KERVIN EDUARDO JIMENEZ CASTILLO, venezo.....