Visto el pedimento suscrito por la abogada VICTELIA MAVEL RODRIGUEZ DE MALDONADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 109.744, en su condición de apoderada judicial de la parte solicitante, ciudadano ERICK JOSE ROMAN PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-19.405.375, y observándose que en fecha 23 de Enero del año 2024, este Tribunal dictó Sentencia mediante la cual declara disuelto el vínculo matrimonial que unía al prenombrado ciudadano con la ciudadana LYDIS ANAIS RODRIGUEZ FARFAN, venezolana, de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-24.838.796, por lo que se ordena su Ejecución, en consecuencia, se acuerda expedir a la parte solicitante Tres juegos (03) de copias de la decisión debidamente certificada por secretaría conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y junto con oficios remítanse a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estampen la Nota Marginal respectiva; asimismo .....