Vista la diligencia que antecede de fecha 27 de Noviembre del año 2014 de Febrero del año 2024, suscrita por la ciudadana ENID EVELYN MEDINA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.017.275, debidamente asistida en este acto por la abogada LUISA IRENE ESCALONA, en su condición de Defensora Publica Auxiliar Primera, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en beneficio del Niño (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en la cual se evidencia que desisten del presente procedimiento de COLOCACION FAMILIAR, en consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley HOMO.....