En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara, PRIMERO: REPONER EL EXPEDIENTE al Tribunal Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial, a los fines que se espere resultados de la prueba Heredo-Biológica, según oficio Nro. 021-21, emanado por este Tribunal de Juicio de fecha 16 de Noviembre del año 2021 al Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas, Municipio Los Salías, Estado Miranda, a los Hnos.: (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), asi determinar de manera la filiación entre los Hermanos antes mencionado y el ciudadano: ALIDES RAFAEL MARTINEZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula .....