Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Admite el libelo de demanda contentivo de Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Vía de Hecho), ejercido los abogados Marga E. Buaiz López y Dámaso Antonio Montoya, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo los Nros 575.542 y 227.354, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana Belkys Jannette Rojas Quiñonez, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.875.895, correspondiente al Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Vía de Hecho), contra el Ministerio del Poder Popular de Obras Publicas.