PRIMERO:CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en la sentencia 1070 de fecha 9 de Diciembre de 2016 de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, intentado por el ciudadano:JUAN FRANCISCO LUGO ALCAZAR, venezolano, mayor de edad,titular de la cédula de identidad Nº 1.954.134, domiciliado en La Perimetral, Sector III, Calle Nº 1, Casa Nº 17, Municipio Tucupita, estado Bolivariano Delta Amacuro, asistido en este acto por la Abogada YANNEL DEL VALLE COA MERCHAN, Defensora Pública Primera Provisorio en Materia Civil, Mercantil y Transito e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 151.759; y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que lo une con la ciudadanaNATIVIDAD VALENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.954.237, celebrado el Seis (06) de Marzo del año 1982, según consta en Acta de Matrimonio asentada bajo el folio N° 06, Acta 006 del año 1982, en el Registro Civil del Municipio Antonio.....