DECISIÓN
Por las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la inhibición planteada, por estar fundada conforme a derecho. En consecuencia, se aparta del conocimiento del juicio de Intimación, signado con el Nº 0192-2025, el abogado LORELVIS ENRIQUE SILVA, a tenor de lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, por lo tanto, continua conociendo el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro.
Remítanse las actuaciones al Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita.....