En tal sentido, visto que no es contrario a derecho alguno, ni lesiona sus intereses legítimos; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, con el objeto de garantizar el interés superior del adolescente y la niña de autos, tal como lo dispone el artículo 08 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y de conformidad con lo dispuesto en el literal e, del parágrafo segundo, del artículo 177 ejusdem, y 22 de la ley "in comentum" Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente, al acuerdo al que llegaron las partes en virtud de la SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA EL TRÁMITE DE PASAPORTE, interpuesta por la ciudadana MARITZA DEL VALLE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identid.....