DECISIÓN
Por tal motivo, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DELTA AMACURO, de conformidad con el artículo 197, ordinal 15º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y previo el cumplimiento de los requisitos legales, actuando en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para que este administrador de justicia, salvo el mejor derecho del Estado Venezolano y de cualquier otro tercero, DECRETE justo Titulo Supletorio de Propiedad a favor de la ciudadana YARITZA JOSEFINA RODRÍGUEZ TORRES, titular de la Cedula de Identidad Nº V-14.904.947, domiciliada en la Carretera Nacional Sector IV Paloma, casa s/n, Parroquia Antonio José de Sucre, Municipio Tucupita, Estado Bolivariano Delta Amacuro, constante de una superficie de CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUA.....