es por lo que este Tribunal, vista la exposición del joven adulto imputado IDENTIDAD OMITIDA, acuerda con lugar la Conciliación, presentada por la Fiscal Quinta del Ministerio Público en el presente asunto y Suspender el Proceso a Pruebas.
En consecuencia, este Juzgado Primero de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Acuerda:
PRIMERO: Admite en todas y cada una de sus partes la eventual acusación presentada por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, en contra del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, por la presunta comisión del delito de SUMINISTRO DE FUEGOS ARTIFICIALES, previsto y sancionado en el artículo 262 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ejecutado en perjuicio de la COLECTIVIDAD, así como los medios de pruebas propuestos por ser legales y pertinentes.
SEGUNDO: A.....