esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con Competencia Múltiple en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Menores de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por la ciudadana THABEILA DEL VALLE JIMÉNEZ NARVAEZ, en su condición de imputada en la presente causa, asistida por la abogada KRISANIL PULVET, en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 99.886, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, de fecha 05 de junio de 2007.