Se decreta la prescripción de la pena impuesta a los ciudadanos SAMAROO KARAN, titular del pasaporte N° T-841863 y RICHARD KERN, titular del pasaporte N° T-904482, en la sentencia de fecha 28 de octubre de 2003, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, al haber transcurrido con holgura más del tiempo previsto en el artículo 112 numeral 4° del Código Penal y al no haberse verificado ningún supuesto que interrumpiera la aludida prescripción. Todo conforme a los artículos 112 numeral 4° ejusdem y 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal.