ESTE TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE TUCUPITA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Se Decreta que ciudadano penado: GILBERTO JOSE FRANCO GONZALEZ, titular de la cedula de identidad numero V-21.386.882., quien fue condeno a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN más penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 410 del Código Penal. , ya cumplió un tercio (1/3) de la pena impuesta, en fecha, 01-01-2011, es por lo que se ordena su evaluación PSICOSOCIAL, a los fines de que pueda optar al DESTACAMENTO DE TRABAJO, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo antes expuesto se otorga permiso esp.....