DISPOSITIVA
Por las razones de hechos y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA a través del PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS establecido en el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano MAIKOL KELVIN HERRERA LOZADA, titular de la cedula de identidad Nº. V-20.160.840, venezolano, de 25 años de edad, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Calle Principal, del sector Paloma, Casa S/N, detrás de la Sub-estación del Mercal, Teléfono Nro. 0412-4844072, maikollherrera@hotmail.com, hijo de Coraiza Lozada (V) y Héctor Herrera (V), a pagar una multa de cincuenta unidades tributarias a nombre del Fisco Nacional, por ser responsable como a.....