En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes este Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: IMPROCEDENTE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, promovido por el ciudadano: Abelardo Pérez, venezolano,