Este Juzgado de Primera Instancia Penal en Función de Juicio para el Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en atención a los artículos 583 y 622, ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, pasa a decidir de la siguiente manera: PRIMERO: Se admiten totalmente las Acusación Fiscal presentada en fecha 10 de enero de 2012, que riela a los folios 37 al 41 formulada en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión como autor del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO DE FABRICACIÓN ILÍCITA previsto y sancionado en los artículos 272 y 277, ambos del Código Penal en relación con los artículos 1° Numeral 1°, Literal "B" y Numeral 3° Literal "A" de la Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y .....