DISPOSITIVA
En atención a las consideraciones anteriormente explanadas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el Fiscal Auxiliar Sexto del Ministerio Público del Estado Delta Amacuro, Abg. Marco A. Labady Medina, en consecuencia se autoriza la destrucción de la sustancia estupefaciente y psicotrópica, descrita en la experticia botánica No 9700-128-0628 de fecha 18 de julio de 2008 suscrita por los expertos Eliseo Padrino Marín y Marvy Del V. Marchan Salas, la misma resultó ser Marihuana con un peso neto de 1 gramo con 200 miligramos. relacionada con el expediente H-712.482, practicada a sustancia con una conformación de fragmentos vegetales de color pardo verdoso y semillas del mismo color de aspecto gl.....