Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: IMPROCEDENTE, la solicitud de tasación de costas procesales, planteada por la Abogada ANA LISBETH MATA AGUILAR, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 46.976, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadanos NELSON ANTONIO MARCANO RODRIGUEZ Y NELSON JAVIER MARCANO GALANTON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-4.581.690 y V-15.495.575.
2. SEGUNDO: Se declara terminada la presente causa, en consecuencia, archívese el expediente, una vez que quede firme la presente decisión.