III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud contentiva de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana KERLYM ESPERANZA DELGADO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.738.784, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LEIDES DAVMAR RANGEL ROMERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 282.935, en la cual solicita que el Tribunal decrete la disolución del vínculo conyugal que le une al ciudadano JOSÉ LUIS UNDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.555.795. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial.....