DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de primera instancia en función de control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas durante el régimen de pruebas que le fuera establecido al ciudadano PEDRO ELÍAS ZAMBRANO, venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, nacido en fecha 18-07-1978, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, con 3° año de Bachillerato aprobado, hijo de Porfirio Suárez (f) y Nieves Zambrano (v), residenciado en el Sector San Rafael, cerca de la Estación de Servicios San Rafael, vía aeropuerto, Casa N° 24, Telef. 0287-7212330, titular de la cédula de identidad N° 15.790.688, de conformidad con el artículo 45 del Cód.....