Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA, en la solicitud que por RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por el ciudadano JORGE MANUEL ALMEIDA DA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.128.413, debidamente asistido por el abogado HERNAN RAFAEL PEREIRA CALDERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.824
Publíquese en el expediente físico el extenso del fallo. Regístrese en los libros respectivos. CÚMPLASE LO ORDENADO.