Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Juicio Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y conforme a lo previsto en el artículo 602 y 605 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA NO CULPABLE al hoy joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, adolescente acusado por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES; RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO; AGAVILLAMIENTO y LESIONES GRAVÍSIMAS, previstos y sancionados en los artículos 406 Ordinal 1º; 218; 277; 286 y 414 todos del Código Penal y como consecuencia de ello SE ABSUELVE de conformidad a lo establecido en el artículo 602 literal "d" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Se decl.....