DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL Y LA ACCESORIA, a favor del penado LUIS ENRIQUE CEDEÑO VALDEZ, titular de la cédula de identidad personal No. V-16.700.425. venezolano, natural de Tucupita estado Delta Amacuro, donde nació en fecha 22-10-1987, de 25 años de edad, hijo de Pedro Cedeño y Arcadia Valdez, de profesión u oficio barbero, domiciliado en la población de La Florida, casa Nro. 56, Tucupita, estado delta Amacuro, titular de la cédula de identidad personal No. V-16.700.425, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia el ordinal 1ª del artículo 479 hoy 471 del nuevo Código Orgánico Procesal Pena, y el Artículo 44, numeral 5 de la Constitución de la República .....