DISPOSITIVA
En mérito de las razones que fueron expuestas, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 452.2 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 457 eiusdem, se anula la sentencia recurrida proferida por el Juzgado de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en fecha 05 de octubre de 2011, y, publicada in extenso en fecha 19 de octubre de 2011, mediante la cual absolvió al ciudadano ONNY JOSÉ GONZÁLEZ QUIJADA, como autor de los delitos de Homicidio Agravado y Homicidio Agravado en grado de Frustración, descritos, el primero, en el artículo 407.2 del Código Penal; y, el segundo, en el artículo 407.2, en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 eiusdem. Asimismo, lo condenó por el delito de Hurto .....