este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Transitorio y Nuevo Régimen de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, ABSTENERSE DE HOMOLOGAR LA PRESENTE OFERTA REAL DE PAGO. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
TERCERO: En cuanto a la entrega del cheque este Tribunal no tiene sobre que pronunciarse por cuanto el cheque ya fue recibido por el ciudadano ANNLUIS ALEXANDER CAMPOS TOCHON, en fecha 30 de Julio de 2007.
CUARTO: En cuanto a la solicitud de copias certificadas de todo el expediente y de las actuaciones que sobre ella recaigan, este Tribunal por cuanto el pedimento, no es contrario a derecho, Acuerda la expedición de las copias certificadas de todo el expediente y de la presente sentencia interlocutoria. Se ordena a la Secretaría de este Tribunal su expedición.Cúmplase.
La Jueza,
Abg. FLORALBA HERRERA BELLO,
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