Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada porla ciudadanaYUSMARY JOSEFINA ZABALETA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 17.055.926, sobre una parcela de terreno propiedad de Ejidos Municipales, la cual tiene una superficie de MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CON TRESCENTIMETROSCUADRADOS(1.347,03Mts2) y un área de construcción de CIENTOSESENTA Y UNO METROS CON CINCUENTA Y OCHOCENTIMETROS CUADRADOS(171,58 Mts2), alinderadade la siguientemanera: NORTE:propiedad que es o fue de YOEL CEDEÑO con 54,82 ML; SUR:Canal con 54,93 ML;ESTE:Vía Principal Guasina, con 27,38 ML; y OESTE:Canal con 21,00 ML; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tienela ciudadana YUSMARY JOSEFINA ZABALETA MAR.....