En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION presentada por la Ciudadana ONEIDA HORTENCIA ESTELLER DE RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.921.088 y de este domicilio, debidamente asistida por la abogado MARIA JESUS SOSA ARTEAGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 227.282. SEGUNDO: SE ORDENA la rectificación del Acta de Defunción, signada con el Nº 306, folio 85, Tomo I, del Año 1975, inserta en los Libros, llevados por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Naguanagua, estado .....